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21 de abril de 2005

Bonificación de Tasas - Operaciones de leasing naval

La Subsecretaría de la Pequeña y Mediana empresa y Desarrollo Regional del Ministerio de Economía y Producción adjudicó a tres bancos el cupo para bonificar líneas de crédito por 16,3 millones de pesos, destinadas a financiar operaciones de leasing de buques de uso comercial para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPymes).
Los bancos de la Nación Argentina, Credicoop Coop Ltdo y Río se adjudicaron el cupo y aceptaron firmar la condición de “cláusula de compromiso”, que aplica una multa por el monto de la línea de crédito que no fuera efectivamente otorgado.
Las operaciones de leasing tendrán plazos de 91 meses y las tasas de interés a las que llegará este tipo de financiamiento  a los empresarios van del 8,6% al 9% fija anual en pesos para los primeros 48 meses del contrato de leasing. 
Para los 43 meses restantes regirá una tasa de interés variable compuesta por la tasa promedio para depósitos a plazo fijo de 60 o más días publicada por el BCRA, más un spread que no podrá superar el 60% de la tasa variable total que cobren las Entidades Financieras adjudicatarias. La bonificación en este tramo del leasing también será con 4 puntos porcentuales anuales o del 33,33% de la tasa nominal anual vencida, la que resulte menor.
El beneficio del subsidio a la tasa de interés se suma a las ventajas fiscales otorgadas por la AFIP para las operaciones de leasing, no menor a 2,5 puntos porcentuales de la tasa de interés.
A través de esta operación las MiPymes podrán adquirir Buques y Artefactos Flotantes de uso comercial, nuevos de origen nacional, que enarbolen el pabellón argentino.
Este llamado a licitación se sustenta en la importancia de continuar apoyando el crecimiento de la actividad productiva, con líneas de crédito en condiciones razonables para la Pequeñas y Medianas Empresas,  para dar una respuesta concreta a la demanda existente para este tipo de financiamiento y contribuir con la generación de empleo adicional.

Características del leasing:

Los bancos comprarán las unidades a los Astilleros y lo ofrecerán en leasing a las MiPymes
Monto máximo a bonificar por titular: Hasta el 80% del precio de compra abonado por la Entidad Financiera o Empresa de Leasing al Astillero, sin incluir el IVA y sin superar la suma de $ 1.800.000.-
Plazo de la operación: 91 meses, los primeros 48 meses a tasa de interés fija y 43 meses restantes a tasa variable.
Tasa Fija bonificada: mínima 8,6%¸ máxima 9% anual en pesos.
Período de gracia por el capital: hasta seis (6) meses, incluido dentro del plazo de devolución del préstamo. Plazo de colocación del cupo adjudicado: 12 meses.

Otros beneficios fiscales:

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorga beneficios fiscales al sistema de leasing, siempre que el contrato tenga una duración no inferior al 50% del lapso de amortización para el bien de capital, que en el caso de los barcos es de 15 años. Los beneficios son
1) El IVA se paga mensualmente con cada cuota del canon, más el que corresponde al ejercicio de la opción al final del contrato, en vez de pagar el total al principio y antes de operar  el mismo.
2) El canon es deducible como gasto en el Impuesto a las Ganancias, motivo por el cual equivale a una amortización acelerada, con la consiguiente reducción del pago del Impuesto durante el período del leasing.
El efecto financiero de ambos beneficios se traduce en el equivalente a no menos de 2,5% puntos porcentuales en la tasa de interés que paga el armador dentro del cargo por intereses del canon (alquiler más intereses).